
Impacto de los decretos de conmoción interior en el sector empresarial
Publicado 10 de febrero 2025.
Contexto: ¿Por qué se decretó la Conmoción Interior?
El Gobierno Nacional declaró Estado de Conmoción Interior en Colombia debido a la grave
crisis humanitaria en la región del Catatumbo, provocada por enfrentamientos entre grupos armados ilegales, lo que ha generado un desplazamiento forzado de más de 50.000 personas.
Esta medida excepcional, contemplada en el Artículo 213 de la Constitución Política, permite la expedición de decretos con fuerza de ley para restablecer el orden público y atender la emergencia.
La Corte Constitucional revisará la legalidad de la declaratoria y de los 9 decretos legislativos expedidos hasta la fecha, que afectan distintos sectores, incluyendo trabajo, defensa, industria, comercio, vivienda y ambiente.
Principales medidas adoptadas en los decretos de conmoción interior
- Medidas en materia laboral (Decreto 0119 de 2025 – Ministerio del Trabajo)
- Todas las empresas en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y municipios afectados deberán habilitar el trabajo en casa para los trabajadores que
puedan desempeñar sus funciones de manera remota. - El trabajo en casa no aplica para trabajadores esenciales en seguridad, salud y suministro de bienes básicos, así como para aquellos que ya presten sus servicios en las modalidades de teletrabajo y trabajo remoto.
- Conversión del auxilio de transporte en auxilio de conectividad digital, aplicable a empleados con hasta dos salarios mínimos que trabajen desde casa.
- Todas las empresas en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y municipios afectados deberán habilitar el trabajo en casa para los trabajadores que
- Alivios financieros y medidas de reactivación agropecuaria y de tierras (Decretos 0106, 0107, y 0108 de 2025 – Ministerio de Agricultura)
- Suspensión de cobros judiciales para productores agropecuarios en riesgo de embargo o ejecución de deudas.
- Medidas para garantizar medios de vida y producción de alimentos en las regiones afectadas por la crisis de orden público.
- Priorización de financiamiento para la reactivación agropecuaria, con líneas de crédito
especiales. - Facilidades de contratación directa para garantizar la producción y distribución de alimentos.
- Destinación del 2% de las contribuciones parafiscales agropecuarias para programas de seguridad alimentaria en las zonas más afectadas.
- Protección y distribución de semillas para recuperar cultivos perjudicados por la crisis.
- Flexibilización normativa para agilizar la ejecución de medidas de emergencia en el
sector agropecuario. - Protección de la tenencia de tierras y prevención del acaparamiento por parte de terceros que busquen aprovechar la crisis.
- Expropiación administrativa para reasentar desplazados y firmantes del acuerdo de paz.
- Restricción temporal a la venta y transferencia de tierras en la región para evitar especulación y concentración de tierras.
- Priorización de tierras para la reubicación de comunidades afectadas y la reactivación
agropecuaria.
- Medidas ambientales y de desarrollo sostenible (Decreto 0116 de 2025 – Ministerio de
Ambiente y Desarrollo Sostenible)- Se suspenden los trámites de otorgamiento de licencias, permisos, concesiones o autorizaciones ambientales en los municipios afectados, a menos que se trate de proyectos orientados al restablecimiento de condiciones ecológicas, económicas y sociales en la región.
- Se crea un procedimiento abreviado para la tramitación de licencias y permisos ambientales en proyectos destinados a la recuperación de la región.
- Una vez finalizado el Estado de Conmoción Interior, las autoridades ambientales tendrán tres meses para evaluar las condiciones ambientales de la región. Luego de este periodo, se reanudarán los trámites de solicitudes para licencias, permisos, concesiones y autorizaciones.
- Medidas en contratación y comercio exterior (Decreto 0117 de 2025 – Ministerio de
Industria y Comercio)- Beneficios tributarios para el sector turismo, con descuentos de hasta 50% en el impuesto de renta para prestadores que brinden alojamiento gratuito a desplazados en el Catatumbo.
- Modificación temporal de la Ley 2068 de 2020 para que recursos de FONTUR financien auxilios a prestadores turísticos.
- Prohibición de alzas excesivas en tarifas hoteleras, con supervisión territorial para evitar abusos.
- Medidas en seguridad y orden público (Decreto 0118 de 2025 – Ministerio de Defensa)
- Designación de un comandante Militar con control operativo sobre la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas en la zona.
- Facultades especiales para coordinar operaciones, emitir órdenes y regular el porte de
armas. - Se establecen lineamientos para garantizar el respeto por los derechos humanos y el DIH en las operaciones militares.
- Medidas en materia de transporte (Decreto 0120 de 2025 – Ministerio de Transporte e
Infraestructura)- Se autoriza a las empresas de transporte público de pasajeros a operar sin sujeción a las condiciones normales de recorridos, frecuencias y horarios en los municipios afectados.
- Las empresas de transporte deberán coordinar con las autoridades militares y de policía para establecer medidas de seguridad antes de iniciar recorridos.
- Se podrán implementar operativos de caravanas o rutas protegidas para minimizar riesgos de seguridad en el transporte de pasajeros.
- Medidas en materia de servicios básicos (Decreto 0121 de 2025 – Ministerio de Vivienda,
Ciudad y Territorio)- Se garantiza el acceso a servicios básicos con subsidios del 90% en servicios de acueducto, alcantarillado y aseo para personas que acrediten confinamiento o desplazamiento debido a la crisis de orden público.
- Uso de los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP-APSB) para garantizar la operación y mantenimiento de estos servicios en los municipios afectados.
- Modificación de Planes de Ordenamiento Territorial (POT) para permitir el reasentamiento de desplazados en terrenos urbanos y rurales.
- Flexibilización de normas urbanísticas para facilitar la ubicación de las personas afectadas, siempre garantizando servicios públicos y conectividad con sistemas de movilidad.
- Creación de un mecanismo institucional y financiero para apoyar la inversión y sostenibilidad de los sistemas de agua en los territorios en crisis.
Recomendaciones para empresarios y empleadores
- Revisión de contratos y políticas laborales: Empresas con operaciones en las zonas afectadas deben evaluar ajustes en esquemas de trabajo.
- Seguimiento normativo: Los decretos pueden ser modificados y es probable que se expidan decretos adicionales. Se recomienda monitoreo continuo de la normativa.
- Evaluación del impacto financiero y tributario: Dependiendo de la reglamentación final, las empresas podrían verse afectadas por nuevas cargas fiscales y costos laborales.
- Análisis de obligaciones y oportunidades: Empresas del sector agropecuario deben evaluar cómo pueden beneficiarse de las nuevas líneas de crédito y subsidios.
- Impacto en la propiedad y administración de tierras: Empresas agroindustriales deben estar atentas a las restricciones temporales sobre compraventa de tierras.
- Considerar las consecuencias en la suspensión de trámites: Esto tiene especial relevancia para empresas de los sectores minero, energético e infraestructura.
- Asesoría legal especializada: Es clave contar con un acompañamiento experto para la correcta interpretación y aplicación de las medidas.
Desde López y Asociados, acompañamos a las empresas en la gestión de contingencias
laborales y cumplimiento normativo, asegurando que su operación se mantenga alineada con las disposiciones gubernamentales.
Esperamos que esta información le sea útil y quedamos a la espera de cualquier solicitud de aclaración.