Inexiquibilidad del artículo 65 de la ley 100 de 1993

Inexiquibilidad del artículo 65 de la ley 100 de 1993

Publicado 6 de marzo 2024.

La Corte Constitucional tomó de nuevo una decisión sobre la cantidad de semanas que debe cotizar una mujer para poder pensionarse en Colombia.

La Sentencia C-054 del 22 de febrero de 2024 de la Corte Constitucional declaró inconstitucional la exigencia de 1.150 semanas cotizadas para las mujeres afiliadas al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) frente al reconocimiento a la garantía de pensión en régimen privado. La Corte advierte que equiparar este requisito para hombres y mujeres desconoce una realidad en la que las mujeres históricamente han tenido menos oportunidades de realizar cotizaciones al sistema, situación que se deriva de la discriminación en el mercado laboral y de la brecha de género que ha existido en el acceso a la pensión de vejez.

Por esta razón, la Corte reiteró y reafirmó que la dimensión material del principio de igualdad exige garantizar la igualdad de oportunidades y la igualdad material de resultados de las mujeres en el acceso a las prestaciones y garantías del sistema pensional.

En efecto, en los fondos privados de pensiones, para alcanzar una pensión mínima de vejez hombre y mujeres tenían que cotizar como mínimo 1.150 semanas. El Alto Tribunal removió este requisito para las mujeres al considerarlo inconstitucional y dio un plazo de un año para que el Congreso, en coordinación con el gobierno nacional, regule la decisión, adopte medidas afirmativas que compensen las condiciones desfavorables que enfrentan las mujeres en el ámbito laboral y que obstaculizan que estas puedan realizar aportes y consolidar su derecho al reconocimiento de la garantía de pensión mínima en el RAIS.

De no cumplir el Congreso con las mencionadas medidas en el lapso establecido, la Corte estableció como medida alternativa que a partir del 01 de enero de 2026 se disminuirá el número mínimo de semanas en 15 semanas cada año hasta llegar a 1.000 semanas en el año 2036.

Esperamos que esta información le sea útil y quedamos a la espera de cualquier solicitud de aclaración.