Salario Integral

Salario Integral

Publicado 3 de Enero 2023.

La remuneración que reciben los trabajadores es una materia claramente regulada por la normatividad laboral, conformada por los diferentes pagos que recibe el trabajador.

¿Qué es?

Dentro del campo de la libertad que tienen las partes para estipular las condiciones de los contratos de trabajo sin afectar mínimos irrenunciables, el Código Sustantivo del Trabajo permite que se pacte lo que se denomina “Salario integral”. Por este pacto, que necesariamente tiene que realizarse de forma escrita, se estipula que el salario, además de retribuir el trabajo ordinario, también reconoce el valor de prestaciones, recargos y beneficios.

De acuerdo con el artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo para que se pueda pactar el salario integral es necesario que el trabajador devengue al menos 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes, los cuales corresponden a su asignación básica y a la cual se le adicionará un 30% correspondiente al factor prestacional, que es el que incluye las prestaciones, recargos y demás beneficios ya señalados. Para ilustrar lo anterior en el año 2023, un trabajador tendría que devengar al menos $11.600.000 para que pudiera pactar con el empleador que este salario nominal se convirtiera en un salario integral, pero la remuneración que este trabajador recibiría tendría un incremento del 30% ($3.480.000), de forma tal que su salario mensual ahora sería de $15.080.000, y ya no recibiría el pago de horas extras, recargos nocturnos, dominicales, cesantías, primas y demás prestaciones y beneficios legales.

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Cabe precisar que el salario integral no tiene incluidas ni el pago de las vacaciones ni de la indemnización por terminación sin justa causa, estas se deben pagar con el 100% del salario. Por su parte, los aportes a la seguridad social por los trabajadores que devenguen un salario integral no se calculan sobre el 100% del salario sino sobre el 70%.

Finalmente, se debe tener en cuenta que en muchos casos el salario integral está ligado al salario mínimo, por lo que es muy importante que los empleadores a inicio de año verifiquen que a los trabajadores que sean remunerados bajo esta modalidad se les ajuste el salario para que no termine siendo inferior a los 13 salarios mínimos requeridos por ley. De ser así, el pacto del salario integral será ineficaz y sobre la base del salario devengado el trabajador volverá a tener derecho al reconocimiento de los recargos, las prestaciones y los demás beneficios legales, incrementando así los costos laborales.

En López y Asociados asesoramos a su compañía para que tengan en cuenta todas las consideraciones legales frente al pago del salario integral.